La Mesa del Congreso es el órgano rector del Congreso de los Diputados y ostenta la representación colegiada de la Cámara en los actos a los que asiste. Su composición y sus funciones están reguladas en los artículos 30 y 31 del Reglamento del Congreso de los Diputados, de 10 de febrero de 1982.
Está compuesta por la Presidencia del Congreso, cuatro vicepresidencias y cuatro secretarías. La Presidencia dirige y coordina la acción de la Mesa. Sus miembros se eligen en el Pleno: primero la Presidencia y después, de forma simultánea, las vicepresidencias y las secretarías.
Entre sus funciones figuran adoptar las decisiones sobre la organización del trabajo y el régimen y gobierno interiores de la Cámara, elaborar el proyecto de presupuesto del Congreso y dirigir y controlar su ejecución, y calificar los escritos y documentos de índole parlamentaria, decidiendo sobre su admisión o inadmisión. También programa las líneas generales de actuación de la Cámara y fija el calendario de sesiones del Pleno y de las comisiones, tras oír a la Junta de Portavoces. Sus decisiones sobre admisión de iniciativas pueden someterse a reconsideración.
1 La Mesa del Congreso anuncia que estudiará abrir expediente a Ana VázquezMunicipal · MadridPP
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