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Institución

Tribunal de Cuentas

Tipo
Consultiva o de control
Ámbito
Nacional
Sede
Fundación

El Tribunal de Cuentas es el órgano supremo de fiscalización de las cuentas y de la gestión económica del Estado y del sector público. La Constitución de 1978 lo regula en su artículo 136, lo hace depender directamente de las Cortes Generales y remite a una ley orgánica su composición, organización y competencias, que desarrolla la Ley Orgánica 2/1982.

Ejerce dos funciones: la fiscalizadora, que consiste en controlar de forma externa y permanente la actividad económico-financiera del sector público, y la jurisdiccional, con la que enjuicia la responsabilidad contable de quienes gestionan fondos públicos. Entre las cuentas que examina están también las de los partidos políticos.

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