El Gobierno amplía las prestaciones por incapacidad temporal, cuidados y viudedad
El Consejo de Ministros aprobó el 20 de octubre de 2026 un decreto ley para ampliar la protección social en situaciones de incapacidad temporal, cuidado de hijos con enfermedades graves, viudedad y violencia contra las mujeres. Elma Saiz, titular del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, presentó el paquete como una extensión de la cobertura a trabajadores y familias.
La norma incorpora situaciones especiales de baja por patologías incapacitantes asociadas a la menopausia y por lesiones derivadas de violencia machista. Prevé protección desde el día siguiente a la baja, sin periodo previo de cotización exigido, con el 60 % de la base reguladora hasta el día veinte y el 75 % después. También mejora la cobertura de asalariados y autónomos afectados por catástrofes.
En el cuidado de menores con cáncer u otras enfermedades graves, permite compartir la prestación entre ambos progenitores y mantenerla más allá de los 26 años en determinados supuestos de especial vulnerabilidad. Para parejas de hecho con hijos comunes, facilita la pensión de viudedad si acreditan dos años de convivencia, aunque no estén inscritas.
El Gobierno de España incluyó además mejoras para huérfanos por violencia machista y pensiones extraordinarias por terrorismo. El Fondo de Garantía del Pago de Alimentos eleva de 100 a 300 euros el anticipo máximo por beneficiario. El decreto ley debía someterse a convalidación por la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados; la aprobación gubernamental no equivalía a haber completado ese trámite.
