Consejo de Ministros
- Tipo
- Ejecutiva
- Ámbito
- Nacional
- Sede
- Madrid
- Fundación
El Consejo de Ministros es el órgano colegiado del Gobierno de España. Está formado por la persona que ocupa la Presidencia del Gobierno, las vicepresidencias, si las hay, y los ministros, y su marco jurídico son el artículo 98 de la Constitución de 1978 y la Ley 50/1997, del Gobierno.
Le corresponde aprobar los proyectos de ley que se envían a las Cortes Generales, el proyecto de Presupuestos Generales del Estado, los decretos-leyes y los decretos legislativos, y los reales decretos que desarrollan las leyes. También acuerda la negociación y firma de tratados internacionales y puede declarar el estado de alarma y solicitar al Congreso la autorización para el estado de excepción o de sitio.
Según la Ley 50/1997, es la Presidencia del Gobierno quien convoca y preside sus reuniones. Sus acuerdos se difunden a través de la Presidencia del Gobierno en el complejo de La Moncloa, en Madrid.