Una jueza remite al TSJM la petición de desalojo de la acampada de Sol
Una jueza de lo contencioso-administrativo de Madrid remitió al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) el recurso con el que la Comunidad de Madrid pedía el desalojo urgente de la acampada por la vivienda en la Puerta del Sol. La decisión del 2 de octubre resolvió qué órgano debía estudiar el asunto, pero no ordenó desalojar a los manifestantes ni se pronunció sobre el fondo de la petición.
La magistrada entendió que el juzgado no tenía competencia objetiva porque el recurso cuestionaba la actuación del delegado del Gobierno, un órgano de la Administración periférica del Estado. Por esa razón elevó las actuaciones a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, para que determinase si debía asumir el procedimiento.
La Comunidad de Madrid había solicitado medidas cautelarísimas para que la Delegación del Gobierno y la Policía Nacional despejaran la plaza. La Fiscalía y la Abogacía del Estado también consideraron que el tribunal superior era el órgano competente; la Administración autonómica aceptó que se remitiera allí el expediente si el juzgado compartía ese criterio.
Con la remisión, las partes disponían de diez días para comparecer ante el TSJM. Solo después de que el tribunal decidiera si asumía el asunto podía examinar la solicitud de desalojo urgente. La resolución, por tanto, abrió una fase procesal posterior y no equivalía a aceptar la medida cautelar pedida por el Gobierno regional.
El recurso se dirigía contra la acampada de la Puerta del Sol, impulsada por el Sindicato de Inquilinas e Inquilinos de Madrid en protesta por la crisis de vivienda y el desahucio de una vecina de 87 años. La presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, había anunciado el día anterior que acudiría a la Justicia para solicitar que se levantara la protesta.
