El Gobierno aprueba una prestación extraordinaria para trabajadores afectados por incendios
El Consejo de Ministros aprobó el 28 de julio un real decreto-ley de medidas laborales y sociales para las personas perjudicadas por incendios forestales. La principal novedad fue una prestación extraordinaria para quienes deban suspender temporalmente su contrato por causas relacionadas con el fuego.
La ayuda, gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal, puede alcanzar el 70 % de la base reguladora y cobrarse durante un máximo de cuatro meses. No exige un periodo mínimo de cotización, aunque la persona debe estar afiliada y tener el contrato suspendido por la emergencia.
El decreto permite acogerse a la medida por incendios ocurridos desde el 22 de julio, con efectos retroactivos. Incluye situaciones como evacuaciones, restricciones de acceso a viviendas, labores necesarias de limpieza y recuperación, trámites administrativos y cuidados de familiares afectados.
El paquete también amplía hasta cinco días hábiles el permiso por fallecimiento cuando la muerte esté relacionada con un incendio y establece protección ante represalias empresariales por ejercer estos derechos. La aprobación correspondió al Gobierno de España; la ministra Yolanda Díaz explicó los detalles laborales de la medida.
