El Constitucional inadmite el recurso del Defensor del Pueblo por el voto de los nacionalizados por la ley de nietos
El Pleno del Tribunal Constitucional decidió el 21 de octubre no admitir a trámite el recurso de amparo del Defensor del Pueblo que pedía restablecer el voto de personas nacionalizadas mediante la llamada ley de nietos. La resolución dejó en manos del Tribunal Supremo la continuación del procedimiento, a pocas semanas de las elecciones generales del 29 de noviembre.
La mayoría consideró prematuro el recurso porque seguía abierta la vía judicial ordinaria: el Supremo había habilitado un plazo para que los afectados comparecieran y formularan alegaciones antes de pronunciarse de nuevo sobre las medidas cautelares. El Constitucional no examinó el fondo de la controversia.
La votación fue de diez magistrados a favor de la inadmisión y dos en contra. El recurso, presentado por el Defensor del Pueblo, pretendía que se levantara la suspensión cautelar del sufragio que afectaba a más de 160.000 personas inscritas en el censo exterior, según las informaciones publicadas.
La decisión no resolvió si las personas afectadas podrían votar finalmente. El expediente volvió al Supremo y a las actuaciones para acreditar los supuestos de nacionalidad, mientras el calendario electoral avanzaba. El asunto afecta a la preparación de las elecciones generales, tema al que está vinculado Elecciones generales 2026.
